Para las entidades que deban cumplir con el reporte de los siguientes archivos tipo, se aplaza el envío hasta 5 días hábiles después de realizada la reunión ordinaria de asamblea, de acuerdo con el artículo 5 del decreto 434 de 2020, el cual, establece que las reuniones ordinarias de asamblea podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional.
Archivos tipo:
FP 001- Conjunto completo de Estados Financieros y Revelaciones.
FP002- Certificación estados financieros.
FP003- Dictamen revisor fiscal.
FP004- Informe de gestión.
FP005- Proyectos distribución en utilidades.
FT002- Publicaciones Estados Financieros.