En ejercicio de las facultades previstas por el numeral 12 del artículo 6° del Decreto número 4048 de 2008, el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, imparte las siguientes instrucciones de carácter general referentes a la aplicación del artículo 141 de la Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, teniendo en cuenta que este modificó la determinación de la tasa de interés moratorio de las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.