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Decreto 963 MINISTERIO DE HACIENDA-07/07/2020

  • 8 de julio de 2020 a las 05:38

El Gobierno Nacional expidió el 7 de julio de 2020 el Decreto 963 Por el cual se reglamentan los artículos 850 y 855 del Estatuto Tributario, 3 del Decreto Legislativo 807 de 2020, y se sustituyen unos artículos del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para la devolución y/o compensación automática de saldos a favor a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas – IVA que al liquidar sus declaraciones cuenten con estos recursos.

Este mecanismo busca el reconocimiento ágil de dichos saldos dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud por parte del contribuyente.

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