Me refiero a su comunicación radicada bajo el número 2020-01-197395 mediante la cual, en nombre de la Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Promotora de Salud COMPARTA EPS, entidad vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud, solicita el siguiente:
Las garantías adicionales que deben darse para la celebración de Asamblea General Ordinaria Virtual que establece el Decreto 398 del 13 de marzo de 2020 y el cual complementa el artículo 16 del título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1074 de 2015 en lo relativo a las reuniones no presenciales de juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directiva.