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Ley 2032 CONGRESO-27/07/2020

  • 29 de julio de 2020 a las 09:33

Por medio de la cual se regula el pago anticipado de créditos y se dictan otras disposiciones

Artículo 1°. Se establece el beneficio de pago anticipado en toda operación de crédito en moneda nacional, sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucro cesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, de los consumidores de productos crediticios de las entidades del sector cooperativo.

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