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RST- ¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

  • 8 de febrero de 2022 a las 12:12

QUIÉNES PUEDEN OPTAR POR LO SIMPLE

  • Personas naturales que desarrollen su actividad con criterios empresariales, aunque no sean comerciantes (agricultores, ganaderos, etc) o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales.
  • Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT. Las particularidades del cálculo de este valor lo encuentran en el artículo 905 del Estatuto Tributario.
  • Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.

 

QUIÉNES NO PUEDEN OPTAR POR LO SIMPLE

Las personas naturales residentes en el extranjero, personas jurídicas extranjeras, empleados o funcionarios públicos, establecimientos permanentes, entidades sin ánimo de lucro, grupos empresariales, sociedades que sean accionistas o parte en un negocio fiduciario, entidades financieras o quienes se dediquen a las siguientes actividades:

  • Microcrédito.
  • Gestión de activos, intermediación en la venta de activos, arrendamiento de activos o actividades que generen ingresos pasivos que representen más de un 20% de los ingresos brutos totales.
  • Factoring.
  • Asesoría financiera o estructuración de créditos.
  • Generación, trasmisión, distribución o comercialización de energía eléctrica.
  • Fabricación, importación o comercialización de automóviles.
  • Importación de combustible.
  • Producción y comercialización de armas de fuego, municiones y pólvoras, explosivos y detonantes.
  • Las sociedades cuyos socios o administradores tengan contrato laboral con otra sociedad que sea contratante de la primera.
  • Las sociedades que sean el resultado de segregación, división o escisión en los 5 años anteriores a la inscripción.



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